lunes, 17 de febrero de 2020

Normatividad en Materia de SST



Normatividad en Materia de SST




INTRODUCCION
El patrón tiene que dirigir su política, visión y misión para asegurar que su empresa cuenta con la organización, recursos, procesos y controles, necesarios para cumplir los requerimientos impuestos por las instituciones gubernamentales, entidades regulatorias y/o políticas internas. Implica la implementación efectiva de su organización y de sus controles, que permitan al patrón tener una visión clara e integral de su proceso y gestión en su empresa.
Identificar y conocer algunas de las obligaciones de los patrones en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hasta las Normas de la STPS, es categóricamente necesario para lograr la Prevención de Riesgos de Trabajo.
Constitución de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 123 Apartado A Fracciones XIV y XV
Que establecen que los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y salubridad en las instalaciones de su establecimiento, y adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo.
Ley Federal del Trabajo
En lo que se refiere a la Ley Federal del Trabajo, contiene importantes Artículos que establecen la obligatoriedad de los patrones con respecto a los Riesgos de Trabajo.
 Artículo 132 Obligaciones de los Patrones
Entre las obligaciones a que hace mención están cumplir las disposiciones de las normas de trabajo, proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores; Instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; participar en la integración y funcionamiento de las Comisiones que deban formarse en cada centro de trabajo, de acuerdo con lo establecido por esta Ley.
Artículo 475 BIS Titulo Noveno, el patrón es responsable de la seguridad e higiene y de la prevención de los riesgos en el trabajo.
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
El Reglamento como fundamento legal con el cual se establecen las multas a las cuales nos hacemos acreedores ante los incumplimientos en materia de seguridad y salud en el trabajo. Entre las obligaciones están:
Artículo 7. Algunas de las obligaciones de los patrones es contar con un Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo; integrar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo; elaborar los programas específicos, manuales y procedimientos, que orienten la realización de las actividades y procesos laborales bajo condiciones seguras y de emergencia; constituir e integrar la Comisión de Seguridad e Higiene; colocar en lugares visibles del Centro de Trabajo los avisos o señales para informar, advertir y prevenir Riesgos; aplicar, en la instalación de sus establecimientos, las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo; llevar a cabo las acciones de Reconocimiento, Evaluación y Control de los Contaminantes del Ambiente Laboral; proporcionar a los trabajadores el Equipo de Protección Personal, de acuerdo con los Riesgos a que están expuestos; informar a los trabajadores respecto de los Riesgos relacionados con la actividad que desarrollen; capacitar y adiestrar a los trabajadores sobre la prevención de Riesgos y la atención a emergencias.


Normas Oficiales Mexicanas (STPS)
Una de las Normas mas importantes es la NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo Condiciones de seguridad, y en ella se ven involucradas muchas de las causas de los Accidentes de Trabajo. Entre las obligaciones encontramos:
§    Conservar en condiciones seguras las instalaciones de los centros de trabajo
§    Realizar verificaciones oculares cada doce meses al centro de trabajo,
§    Realizar las adecuaciones, modificaciones o reparaciones que garanticen la seguridad de sus ocupantes.
§    Proporcionar información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realicen sus actividades en el centro de trabajo.
La NOM-017-STPS-2008, Equipo de Protección Personal-, que involucra la protección directa del trabajador como un medio de control para evitar el daño a su integridad física y la salud. Entre las obligaciones encontramos:
§    Identificar y analizar los riesgos de trabajo a los que están expuestos los trabajadores
§    Determinar el equipo de protección personal que deben utilizar los trabajadores
§    Proporcionar EPP que atenúe la exposición del trabajador
§    Comunicar a los trabajadores los riesgos de trabajo a los que están expuestos,
§    Proporcionar a los trabajadores la capacitación y adiestramiento para el uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final del equipo de protección personal,
§    Supervisar que los trabajadores utilicen el EPP proporcionado,
§    Identificar y señalar las áreas del centro de trabajo en donde se requiera el uso obligatorio de equipo de protección personal.
Y la NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo, que en la práctica involucra toda aquella herramienta o equipo que usamos para trabajar. Entre la obligatoriedad encontramos:
§    Elaborar un estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria y equipo
§    Analizar las partes en movimiento, generación de calor y electricidad estática de la maquinaria y equipo; superficies cortantes, proyección y calentamiento de la materia prima, subproducto y producto terminado; manejo y condiciones de la herramienta.
§    Determinar el tipo de daño; gravedad del daño; la probabilidad de ocurrencia.
§    Capacitar a los trabajadores para la operación segura de la maquinaria y equipo, así como de las herramientas que utilicen para desarrollar su actividad.
Dichas obligaciones implican una serie de acciones que se tienen que llevar a cabo por un equipo de trabajo, donde la comunicación es pieza clave entre los Trabajadores, Supervisores o Jefes de Área, Responsables de Seguridad e Higiene, el Área de Recursos Humanos, es decir de todas las áreas involucradas en la Prevención sean administrativos u operativos.
En el IMSS a través de los años hemos identificado muchas áreas de oportunidad en cuanto al cumplimiento normativo en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, en nuestros centros laborales aplican casi todas las normas y trabajamos por que se den cumplimiento a las disposiciones, sin embargo es un trabajo de cultura y concientización.

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