INTRODUCCIÓN
La Seguridad y Salud en el Trabajo
se define como todos aquellos aspectos relacionados con la Prevención de Accidentes y Enfermedades
de Trabajo. Las bases constitucionales
de la Seguridad y Salud en el Trabajo en México buscan lograr el trabajo digno
y decente como derecho de todos los trabajadores, así como ambientes de trabajo
seguros y saludables, concientizando de la importancia de la Prevención de los
riesgos de Trabajo.
Partimos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
su Artículo 123, y las leyes, normas, reglamentos, convenios internacionales y
acuerdos que de ella emanan, como la Ley Federal del Trabajo, las Normas de la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social, el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
La Secretaría del Trabajo y
Previsión Social es la que vigila las disposiciones de seguridad y salud en el
trabajo junto con otras instituciones entre la cuales esta el Instituto
Mexicano del Seguro Social.
Constitución de los Estados
Unidos Mexicanos
Artículo 123 Apartado A Fracciones XIV y XV
Que
establecen que los
empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las
enfermedades profesionales de los trabajadores. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la
naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y salubridad en
las instalaciones de su establecimiento, y adoptar las medidas adecuadas para
prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de
trabajo.
Convenios
Internacionales
Los convenios internacionales están jurídicamente por debajo de la
Constitución Política y por encima de las Leyes Federales. México ingresó a
la OIT (Organización Internacional del Trabajo) en 1931 y desde entonces a la fecha ha ratificado 78 convenios de los 188 de la OIT de los cuales muchos de ellos están
relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.
Ley Federal del Trabajo
En lo que se refiere a la Ley Federal
del Trabajo, contiene importantes Artículos que establecen la
obligatoriedad de los patrones en materia de prevención de accidentes, así como
de cualquier riesgo de trabajo ocurrido a un trabajador en ejercicio o con
motivo del trabajo. Sin embargo también contempla el pago que debe recibir el
trabajador por el daño sufrido, sobre todo en los casos en que se producen
Incapacidades Permanentes Parciales, Totales, la Muerte o la Desaparición
derivada de un acto delincuencial.
Ley del Seguro Social
El Instituto
Mexicano del Seguro Social tiene la
finalidad de garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la
protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios
para el bienestar individual y colectivo. En materia de Seguridad y Salud en el
Trabajo cubre los accidentes y enfermedades de trabajo, otorgando al trabajador
asistencia médica, quirúrgica y medicamentos, servicio de hospitalización,
aparatos de prótesis y ortopedia, y rehabilitación; así como el pago de incapacidades
(Incapacidad Temporal, Incapacidad Permanente Parcial, Incapacidad Permanente
Total, la Muerte o la Desaparición derivada de un acto delincuencial.
Reglamento Federal de Seguridad y
Salud en el Trabajo
Publicado en noviembre de 2014, establece las disposiciones en materia de
Seguridad y salud en el trabajo que deberán observarse en los centros de
trabajo a efecto de contar con las condiciones que permitan prevenir riesgos y
de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades
en entornos que aseguren su vida y salud.
También se establecen
las multas a las cuales nos hacemos acreedores ante los incumplimientos en
materia de seguridad y salud en el trabajo
Normas Oficiales Mexicanas (STPS)
En la actualidad la Secretaría del Trabajo y
Previsión social tiene 43 normas oficiales, aunque no todas las normas son
aplicables a todos los procesos productivos o actividades económicas pues cada
norma regula asuntos diferentes.
I. Normas de Seguridad. En este ámbito se agrupan las normas que buscan
eliminar o disminuir los Accidentes de
Trabajo.
II. Normas de salud. Están orientadas a prevenir las Enfermedades de Trabajo, apoyándose en
el reconocimiento, evaluación y control
de agentes químicos, físicos y biológicos presentes en el medio ambiente
laboral.
III. Normas de organización. Estas tienen en común la función de dictar
medidas generales, encaminadas a coordinar los recursos materiales, humanos y financieros disponibles para llevar
a cabo la seguridad y salud en el trabajo.
IV. Normas específicas. Estas están enfocadas a ramas de actividad
específica como son las actividades agrícolas, aserraderos, ferrocarriles y
minas, describiendo en su contenido los aspectos críticos y generales de
seguridad e higiene que deben ser observados para preservar la vida y la salud
de los trabajadores.
V. Normas de producto. Estas regulan especificaciones de productos,
por lo que son dirigidas principalmente a fabricantes,
comercializadoras, importadores y distribuidores de los mismos, y su
cumplimiento en los centros de trabajo se vigila de manera indirecta.
CONCLUSIONES
Las bases
constitucionales de la Seguridad y Salud en el Trabajo, dictan la razón de ser
de los Responsables de la Seguridad y Salud de los trabajadores en
todos los Centros de Trabajo, estableciendo la importancia de la Prevención de
los Riesgos de Trabajo y la concientización de los altos costos de los mismos.
Referencias Bibliográficas:
·
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
·
Ley Federal del Trabajo 2019
·
Ley del Seguro Social
·
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el
Trabajo (STPS)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario