domingo, 13 de diciembre de 2020

Bases Constitucionales de la Seguridad y Salud en el Trabajo en México

 

INTRODUCCION

La Seguridad y Salud en el Trabajo se define como todos aquellos aspectos relacionados con la Prevención de Accidentes y Enfermedades de Trabajo. Las bases constitucionales de la Seguridad y Salud en el Trabajo en México buscan lograr el trabajo digno y decente como derecho de todos los trabajadores, así como ambientes de trabajo seguros y saludables, concientizando de la importancia de la Prevención de los riesgos de Trabajo.

 

Partimos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 123, y las leyes, normas, reglamentos, convenios internacionales y acuerdos que de ella emanan, como la Ley Federal del Trabajo, las Normas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.

o    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

o    Convenios Internacionales

o    Leyes Federales

o    Reglamentos

o    Normas Oficiales Mexicanas

 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la que vigila las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo junto con otras instituciones entre la cuales esta el Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

Constitución de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 123 Apartado A Fracciones XIV y XV

Que establecen que los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y salubridad en las instalaciones de su establecimiento, y adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo.

Convenios Internacionales

Los convenios internacionales están jurídicamente por debajo de la Constitución Política y por encima de las Leyes Federales. ​ México ingresó a la OIT (Organización Internacional del Trabajo) en 1931 y desde entonces a la fecha ha ratificado 78 convenios de los 188 de la OIT de los cuales muchos de ellos están relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.

 

Ley Federal del Trabajo

En lo que se refiere a la Ley Federal del Trabajo, contiene importantes Artículos que establecen la obligatoriedad de los patrones en materia de prevención de accidentes, así como de cualquier riesgo de trabajo ocurrido a un trabajador en ejercicio o con motivo del trabajo. Sin embargo también contempla el pago que debe recibir el trabajador por el daño sufrido, sobre todo en los casos en que se producen Incapacidades Permanentes Parciales, Totales, la Muerte o la Desaparición derivada de un acto delincuencial.

 

Ley del Seguro Social

El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene la finalidad de garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. En materia de Seguridad y Salud en el Trabajo cubre los accidentes y enfermedades de trabajo, otorgando al trabajador asistencia médica, quirúrgica y medicamentos, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia, y rehabilitación; así como el pago de incapacidades (Incapacidad Temporal, Incapacidad Permanente Parcial, Incapacidad Permanente Total, la Muerte o la Desaparición derivada de un acto delincuencial.

 

Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo

Publicado en noviembre de 2014, establece las disposiciones en materia de Seguridad y salud en el trabajo que deberán observarse en los centros de trabajo a efecto de contar con las condiciones que permitan prevenir riesgos y de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud.

También se establecen las multas a las cuales nos hacemos acreedores ante los incumplimientos en materia de seguridad y salud en el trabajo

 

 

Normas Oficiales Mexicanas (STPS)

En la actualidad la Secretaría del Trabajo y Previsión social tiene 43 normas oficiales, aunque no todas las normas son aplicables a todos los procesos productivos o actividades económicas pues cada norma regula asuntos diferentes.

I. Normas de Seguridad. En este ámbito se agrupan las normas que buscan eliminar o disminuir los Accidentes de Trabajo.

II. Normas de salud. Están orientadas a prevenir las Enfermedades de Trabajo, apoyándose en el reconocimiento, evaluación y control de agentes químicos, físicos y biológicos presentes en el medio ambiente laboral.

III. Normas de organización. Estas tienen en común la función de dictar medidas generales, encaminadas a coordinar los recursos materiales, humanos y financieros disponibles para llevar a cabo la seguridad y salud en el trabajo.

IV. Normas específicas. Estas están enfocadas a ramas de actividad específica como son las actividades agrícolas, aserraderos, ferrocarriles y minas, describiendo en su contenido los aspectos críticos y generales de seguridad e higiene que deben ser observados para preservar la vida y la salud de los trabajadores.

V. Normas de producto. Estas regulan especificaciones de productos, por lo que son dirigidas principalmente a fabricantes, comercializadoras, importadores y distribuidores de los mismos, y su cumplimiento en los centros de trabajo se vigila de manera indirecta.

 

CONCLUSIONES

Las bases constitucionales de la Seguridad y Salud en el Trabajo, dictan la razón de ser de los Responsables de la Seguridad y Salud de los trabajadores en todos los Centros de Trabajo, estableciendo la importancia de la Prevención de los Riesgos de Trabajo y la concientización de los altos costos de los mismos.

 

 

 

Referencias Bibliográficas:

·         Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

·         Ley Federal del Trabajo 2019

·         Ley del Seguro Social

·         Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (STPS)

 

 

 Lic. Nora Alma Huitrón Guzmán

 

 

 

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